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- ¿Cómo se calcula el ISR?
- Sabedores que el aguinaldo se encuentra exento hasta 2,800.00 (números cerrados)y la diferencia se encuentra gravada, y en consecuencia objeto de ISR, surge la duda
Tenemos el procedimiento legal previsto en el Artículo 96 de la LISR.
Así también el procedimiento opcional señalado en el artículo 174 del Reglamento de la LISR.
En la mayoría de los cálculos mensuales “favorece” el procedimiento del reglamento: PERO…
Si, hay un PERO.
En el supuesto que el patrón se encuentre obligado a efectuar el AJUSTE ANUAL DE ISR, se aplican disposiciones de LEY no del Reglamento.
Así que el ahorro al optar por el procedimiento del Reglamento, se revierte al momento de efectuar el Ajuste Anual de ISR.